PRESTAMO ESPECIAL
Se concede para pagar en un periodo de 6, 12, 18, 24, 36 y 48 meses.
Estos se otorgan por:
El otorgamiento del préstamo especial, que el instituto concederá a sus asociados, estableciendo los términos y condiciones que regirán la recepción de las solicitudes que se reciban.
Estos prestamos devengaran interes al uno por ciento (1%) mensual, es decir, al doce por ciento (12%) anual.
El Asociado no podrá optar a un préstamo nuevo si antes, no ha cancelado el cincuenta por ciento (50%) del saldo del préstamo de una misma naturaleza.
Copyright © 2009 Inprajuc. Todos los Derechos Reservados
Sitio web desarrollado como parte de Meltranet para Inprajuc