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APORTES DE LOS ASOCIADOS

Los aportes mensuales y obligatorios de los Asociados, los cuales estarán entre el cinco por ciento (5%) y el diez por ciento (10%), del sueldo integral mensual de cada Asociado.

El aporte de la Universidad será igual en monto a los aportes mensuales y obligatorios del asociado hasta un máximo de diez por ciento (10%) fijados en el convenio suscrito entre la Asociación de Empleados y la Universidad de Carabobo.

El aporte de Instituto será igual en monto a los aportes mensuales y obligatorios de cada trabajador como asociado, de un cinco por ciento (5%) hasta un diez por ciento (10%) fijados según acuerdo patronal.

El retiro parcial de los haberes se hará en la siguiente proporción, siempre y cuando no tenga préstamos personales.

El veinticinco por ciento (25%) de los aportes personales del Asociado, si este tuviere una antigüedad superior a un (1) año en el Instituto.

El cincuenta por ciento (50%) de los aportes personales del Asociado, si este tuviere una antigüedad superior a dos (2) años en el Instituto.

El ochenta por ciento (80%) de los aportes personales del Asociado, si este tuviere una antigüedad superior a tres (3) años en el Instituto.

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